RESOLUCION DE LA JUNTA ELECTORAL DEL PARTIDO FE
RESOLUCIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL
Considerando:
Que esta Junta Electoral del Partido FE de la Provincia de Buenos Aires
es la autoridad de aplicación del proceso de normalización partidaria dispuesto
por el Consejo Provincial de nuestro partido;
Que no obstante lo antedicho es obligación de esta Junta velar por el
cumplimiento de las resoluciones orgánicas del partido en materia de sistemas
de representación y de construcción institucional de la organización,
atendiendo las resoluciones de los cuerpos orgánicos responsables de la
conducción política, Congreso y Consejo Provinciales,
Que es notorio y conocido por todos los miembros activos del partido que
es creciente el interés manifestado por distintos sectores de la vida política
de la provincia de Buenos Aires de integrarse a participar en el Partido FE;
Que el Consejo Provincial del Partido FE ha solicitado a esta Junta
Electoral considere este último punto para garantizar un proceso de normalización
institucional abierto, democrático, participativo y ordenado;
En virtud de las facultades otorgadas por el Artículo 28 de la Carta
Orgánica partidaria, esta Junta Electoral del Partido FE de la Provincia de
Buenos Aires
RESUELVE
1°.- Prorrogar por 30 (treinta) días a partir de la fecha la
continuación de las normalizaciones de los Consejos Municipales del Partido FE,
a fin de asegurar la más amplia convocatoria a todos los ciudadanos interesados
en participar de la vida interna de nuestro partido.
2°.- Comunicar esta Resolución a
todos los órganos partidarios responsables de la comunicación, organización y
movilización de cuadros y militantes, así como a las estructuras territoriales
y sociales adheridas al Partido FE.
3°.- Poner esta Resolución a disposición de los medios de difusión
masiva de la Provincia de Buenos Aires a fin de contribuir al mayor
conocimiento posible de toda la ciudadanía bonaerense.
Buenos Aires, 4 de Junio de 2014.
Junta Electoral del Partido FE de la Provincia de Buenos Aires
WALTER ALET
DIEGO ANDRÉS LOBO
OSCAR RAMÓN CERIOTTI
En mi condición de Secretario General de la Junta Promotora Las Flores, dejo constancia de haber dado cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 3 y 4 de la presente resolución.
Dr. Ricardo G. Cardinali
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